jueves, 16 de agosto de 2012

Cap. XIX: Vestidos y adornos

Capítulo XIX 
Vestidos y adornos
1. Los vestidos están destinados a tres objetos: 1º para guardar la honestidad; 2º para defendernos de la intemperie; 3º para adornarse con sobriedad y modestia, según se expresa S. Pablo

2. Considerando el vestido como un adorno, debe ser proporcionado al estado de cada persona, y entonces corresponde, en expresión de Sto. Tomás, a la virtud de la verdad, por cuanto se manifiesta con el adorno exterior la condición de que lo usa.

3. Evítense en el vestir los dos extremos: o de excesivo primor, o de extremado desaliño. Desdice el primero de la moderación cristiana, y el segundo se opone al orden según el cual debe cada uno vivir y vestir según el rango o puesto social que ocupa: Ester de reina; Judit de matrona; Abigail de señora; y Agar de esclava.

4. Los vestidos indecentes solo son propios de mujeres abandonadas, y no puedo suponer que los usen las mujeres honradas y honestas para las cuales escribo. Atendido no obstante el extraordinario abuso que en este punto ha cundido, y que el brillo del relámpago puede confundirse con la claridad del sol, considera las siguientes reflexiones, que te servirán de cautela y preservativo.

5. La costumbre no puede mudar la naturaleza de las cosas, convirtiendo en bueno lo que es
intrínsecamente malo. Nunca, por lo tanto, podrá ser lícito lo que es en sí mismo deshonesto y pecaminoso. Si la costumbre fuese excusa suficiente, todo seria permitido, atendida la costumbre que hay de cometer toda clase de pecados. Los pecados ajenos nunca pueden excusar los propios; y si hay la costumbre de pecar, la hay también de condenarse. Mejor es salvarse con los pocos, que condenarse, con los muchos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario